El Presidente de República Dominicana Danilo Medina, Promulga la Ley 195-19 que modifica los Artículos 129 y 131 de la ley 189-11, para el desarrollo del mercado Hipotecario y del Fideicomiso en República Dominicana.
Estableciendo nuevos parámetros de precio que una vivienda de bajo costo es aquella con un precio de venta igual o inferior a RD$ 3,500,000.00.
El fideicomiso inmobiliario esta amparado en la ley 189-11, sobre el desarrollo del mercado inmobiliario y el estado otorga una compensación para beneficiar a las personas adquirente de viviendas de bajo costo conocido como BONO VIVIENDA.
Ques es el BONO VIVIENDA?
Es la exoneracion de na parte del ITBIS, que es el 8% que la DGII (Dirección General de Impuesto Internos) otorga a favor de los clientes que apliquen para el BONO VIVIENDA.
REQUISITOS PARA EL BONO VIVIENDA.
1- Ser la primera Vivienda.
2- Ser una vivienda de Bajo costo.
3-Tener un Financiamiento.
4- Estar en proyecto bajo Fideicomiso.
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