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martes, 10 de septiembre de 2019

Impuesto al patrimonio inmobiliario..

¿QUE ES EL IPI?
Es un impuesto anual que se aplica sobre el patrimonio inmobiliario de las personas de los fideicomisos.
 
¿ QUE GRAVE ESTE IMPUESTO ?

Este impuesto grava el total del patrimonio de los fideicomisos y el caso de las personas  físicas, grava el total del patrimonio superior a siete siete millones cuatrocientos treinta y ocho mil ciento noventa y siete (RD$7,438,197.00), conformado por: 

  •  inmueble destinado a viviendas o actividades  comerciales, profesionales e industriales y/o solares urbanos edificios o no.
Notas:  
 La exención de RD (RD$7,438,197.00) no aplica para los fideicomisos. 
Este monto sera ajustado anualmente por la inflación acumulada correspondiente al año  anterior.
 
¿ HAY ALGUNA EXENCIONES  PARA EL PAGO DEL IMPUESTO?
 SI. están exentos del pago del impuesto los siguientes inmueble:.
 
1- Que forma parte de un patrimonio inferior a siete millones cuatrocientos treinta y ocho mil ciento noventa y siete    (RD$7,438,197.00)

2- La vivienda cuyo propietario tenga sesenta y cinco (RD$65) Años de edad o mas, siempre que dicha vivienda sea el único patrimonio inmobiliario del propietario. 

3- Ubicados en zonas rurales, dedicados a labores agropecuarios.

4- Acogidos a la Ley No. 158-01 sobre fomento turísticos, pertenecientes  a los primeros adquirientes  (personas físicas ).

5- El fideicomiso de viviendas de bajo costo y el de oferta publica .

Notas:
  • No forma parte de la base imponible los inmuebles que disfrutan de algunas de las exenciones mencionadas en 2 al 4. 
  • La forma en que se adquiere el inmueble no exc.uye a su propietario del pago de IPI. 

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